Preguntas Frecuentes

¿Qué es el RIS?

    Registro de Información Social o Registro: El banco de datos de información social, creado por el artículo 6° de la ley N° 19.949, diseñado, implementado y administrado por el Ministerio, cuya finalidad es proveer de la información necesaria para la asignación y racionalización de las prestaciones sociales que otorga el Estado; el estudio y diseño de políticas, programas y prestaciones sociales, como asimismo, de planes de desarrollo local y de los análisis estadísticos que la administración de las prestaciones sociales requieran.

¿A qué se refiere al mencionar el término información?

    Los datos de las familias e individuos que actual o potencialmente sean beneficiarios de prestaciones y programas públicos, de los beneficios que obtengan de los mismos y de sus condiciones socioeconómicas, de acuerdo a la información de que disponga el Ministerio de Desarrollo Social y Familia y de la que a su requerimiento le deberán proporcionar las demás entidades públicas y las que administren prestaciones sociales creadas por ley, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6° de la ley N° 19.949.

¿A quién o quienes incluyen los Organismos Participantes?

    Municipalidades y entidades públicas o privadas que administran prestaciones sociales creadas por ley, que hayan suscrito el convenio de colaboración y conectividad al Registro, para los cuales estará disponible la información contenida en el Registro, para los efectos establecidos en el artículo 6° de la ley N° 19.949.

¿A qué se refiere al mencionar el término Convenio?

    Acuerdo de voluntades suscrito por el Ministerio de Desarrollo Social y Familia y una institución de aquellas a que se refiere la letra d) del decreto supremo 160 (Municipalidades y entidades públicas o privadas que administran prestaciones sociales creadas por ley), cuyo objeto es asegurar y regular el traspaso fidedigno y confiable de los datos que sean necesarios para la información contenida en el Registro.